El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) ratificó, una vez más,
que el expresidente Evo Morales, no puede volver a ser candidato a las
elecciones generales, tal como lo establece la normativa vigente.
A
través de la sala cuarta especializada, el TCP emitió el auto
constitucional 0083/2024 ECA referida a la solicitud de Enmienda y
Complementación Aclaración de la Sentencia Constitucional Plurinacional
1010/2023-S4 de 28 de diciembre, presentada por José Carlos Gutiérrez
Vargas, dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por
Miguel ángel Balcázar Ruiz contra David Choquehuanca.
“El periodo
de mandato de los representantes nacionales, se sujetará a las reglas
constitucionales señaladas en el mismo, siendo posible para los Órganos
Legislativo, Ejecutivo y Judicial, el ejercicio de dicho mandato por dos
periodos similares, sean estos continuos o discontinuos sin posibilidad
de ampliarse a un tercer mandato; dado que, el fin del Constituyente, a
partir de lo determinado por la Constitución Política del Estado en
actual vigencia, es evitar de cualquier modo, la permanencia de una
autoridad electa; en el caso de los Órganos Ejecutivo y Legislativo por
más de diez años; en el Judicial por más de 12 años; y en el Electoral a
uno solo sin posibilidad a reelección”, reza la determinación del TCP.
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